“FANB debe crear manual de normas y procedimientos que precise uso de armas en manifestaciones” (+ Audio)

El defensor del Pueblo, Tarek William Saab, enfatizó este martes que es imperativo que la Fuerza Armada Nacional Bolivariana redacte y apruebe un manual de procedimientos operativos de orden público que regule y precise el auso de armas de fuego en las manifestaciones.
Saab destacó que es imperioso que en un lapso no mayor de 30 dias se redacte y se apruebe un manual de normas y procedimientos operativos de orden público con el objetivo de precisar y regular el uso de armas por parte de la FANB en situación de manifestaciones violentas.
“Así lo expresa la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de esa manera se blinda formalmente la Resolucion 008610, asimismo, debe establecerse en el manual que tipo de armas deben utilizarce”, acotó el Defensor.
El máximo representante de la Defensoría del Pueblo señaló que en el manual debe quedar establecido que el componente Guardia Nacional Bolivariana es el único ente de seguridad que está facultado para actuar en casos donde una manifestación rebase la autoridad de los órganos municipales y estadales.
“Debe quedar expresado taxativamente, que la FANB actuarán en apoyo de las autoridades civiles y de los servicios de policías que hayan requerido la presencia del componente”.
El alto funcionario del Poder Moral precisó que las normas de orden público se adoptaron en el 8º Congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento al delincuente celebrado en la Habana, Cuba, en agosto de 1990. Aclaró que es una normativa internacional.
Tarek William Saab, señaló que la resolución número 008610, que regula la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), está apegada a la Constitución Nacional y garantiza los derechos humanos del pueblo venezolano.
Mencionó que el artículo 15 numeral 9 de esta normativa del Ministerio de la Defensa, está apegada al artículo 68 de la Carta Magna.
La referida resolución, publicada en la Gaceta Oficial 40.589 de fecha 27 de enero de 2015, tiene como objeto garantizar el orden público, la paz social y convivencia ciudadana, así como "proteger los derechos humanos y garantías de las personas que participan en las reuniones públicas y manifestaciones, así cómo, de las demás personas y la sociedad en general", indica el numeral 2 del artículo 1 de dicho documento.
Escuche aquí parte de la Rueda de Prensa ofrecida por el defensor

