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Ministerio Público prohíbe difundir imágenes de detenidos sin condena

La medida busca garantizar la presunción de inocencia y proteger el debido proceso constitucional

El Ministerio Público ordenó retirar de inmediato las publicaciones en sus redes sociales oficiales que muestren el rostro o la imagen de personas privadas de libertad, según anunció el fiscal general Larry Devoe en Instagram.

La disposición exige a la Dirección de Relaciones Institucionales abstenerse de calificar a un ciudadano como culpable sin una sentencia firme, protegiendo así la presunción de inocencia.

El fiscal Devoe enfatizó que dicha garantía procesal constituye un mandato constitucional inviolable y no un mero trámite administrativo.

La instrucción se ampara en los artículos 46, 49 y 60 de la Constitución nacional, salvaguardando el debido proceso, la integridad personal, el honor y la reputación de los procesados.

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