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SENIAT suspende temporalmente la exigencia de documentos tributarios físicos en comercios

La medida atiende a la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos y simplifica la fiscalización para los contribuyentes.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) emitió una directiva mediante la cual instruye a todos sus fiscales y funcionarios abstenerse, de forma temporal, de verificar o exigir la exhibición física de documentos tributarios en los establecimientos comerciales del país.

La instrucción, enmarcada en la circular SNAT/2026/4610 y suscrita por el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, Román Maniglia, responde al artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, orientada a erradicar la duplicidad de requisitos y modernizar la gestión pública mediante el uso de tecnologías telemáticas.

Con este lineamiento, los fiscalizadores no inspeccionarán el deber formal de mantener en un lugar visible del local copias del Registro de Información Fiscal (RIF), la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) del ejercicio anterior ni otros recaudos exigidos por la normativa vigente, en el entendido de que la Administración Tributaria ya dispone de dicha información en sus bases de datos.

Asimismo, la institución informó que próximamente presentará las directrices y plataformas electrónicas que permitirán la verificación digital de estos deberes, facilitando la autogestión de los contribuyentes y garantizando un esquema de control fiscal transparente, ágil y adaptado a los nuevos estándares tecnológicos.

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