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Asamblea Nacional no tiene facultad para actuar sobre otros Poderes Públicos

Romero indicó que cuando se elige a los magistrados del máximo tribunal de la República, se lleva a cabo un procedimiento de selección que puede “venir del Ejecutivo, luego pasa por el poder Ciudadano y llega a la Asamblea Nacional para su aprobación definitiva"

La ley no prevé procedimientos retroactivos y en ese sentido la Asamblea Nacional (AN), no tiene facultad para efectuar, revisar o reevaluar la designación de los magistrados y magistradas en funciones, los cuales fueron escogidos bajo procedimientos constitucionales refrendados por la anterior directiva del parlamento.

Tal aseveración la formuló la abogada Carmen Romero, durante entrevista en el programa La Lámpara de Diógenes por el Sistema Radio Mundial. Romero se refirió a la sentencia número 9 emanada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), publicada este martes.

Romero indicó que cuando se elige a los magistrados del máximo tribunal de la República, se lleva a cabo un procedimiento de selección que puede “venir del Ejecutivo, luego pasa por el Poder Ciudadano y llega a la Asamblea Nacional para su aprobación definitiva.

Señaló que las decisiones del parlamento burgués se pueden calificar de nulidad absoluta “porque no puede hacerse una revisión de procesos constitucionales revisados y concluidos desde el momento que fueron juramentados todos los magistrados y magistradas del TSJ". 

Carmen Romero subrayó que la actual Asamblea Nacional se plantea erigirse como un suprapoder, que según su consideración es equivocado, pues, no le está permitido actuar sobre los otros Poderes Públicos.

Considera la abogada que la directiva de la Asamblea Nacional y sus “secuaces” de la derecha pretenden llevar adelante acciones y procesos inconstitucionales. Alertó sobre el derroche del dinero asignado vía presupuesto al parlamento en la creación de comisiones, a su juicio, inexistentes y sin justificación.

“Los diputados de derecha están gastando el presupuesto, derrochado lo que les corresponde a la Asamblea, por ello vemos como crean comisiones especiales, inexistentes, tienen gente sin trabajar para decir mentiras, que luego se convirten en graves calificaciones e injurias a la Constitución”, apuntó.

El alto tribunal de la República en uso de sus atribuciones sentenció este martes que la Asamblea Nacional (AN) no posee la facultad constitucional para revisar, anular, revocar o dejar sin efecto el proceso interinstitucional de designación de magistrados del Poder Judicial.

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