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La Asamblea Nacional aprueba ley para fortalecer la seguridad de la navegación marítima en aguas nacionales

El instrumento legal adapta la normativa venezolana a los estándares internacionales e impulsa la protección de las zonas costeras.

La Asamblea Nacional (AN) aprobó este jueves 22 de octubre en segunda discusión el Proyecto de Ley Aprobatoria de la Convención sobre la Organización Internacional para las Ayudas a la Navegación Marítima. Por lo tanto, la iniciativa legal está orientada a fortalecer la seguridad en las aguas territoriales del país. Asimismo, la norma adapta la legislación venezolana a los estándares de regulación internacional. En consecuencia, el Parlamento avanza en la modernización del marco jurídico en el sector del transporte de carga y pasajeros.

La propuesta garantiza la correcta aplicación de los protocolos internacionales para el balizamiento, la señalización y la infraestructura de apoyo en el ámbito marítimo y fluvial. De este modo, la Ley establece parámetros técnicos para el funcionamiento de faros, boyas y sistemas radioeléctricos en las rutas navegables. Por su parte, la puesta en marcha de estas normas optimizará las operaciones comerciales y turísticas en los puertos. Por ende, la regulación impulsará el intercambio económico del territorio nacional.

Preservación ecológica y resguardo a la pesca artesanal

Por otro lado, la legislación promueve la transferencia tecnológica mediante la planificación óptima de las rutas marítimas en el litoral. Por consiguiente, el uso de infraestructura moderna contribuirá a la protección de los ecosistemas marinos frente a posibles accidentes navales. De igual forma, el ordenamiento de los trayectos resguardará el desarrollo continuo de la pesca artesanal y la soberanía alimentaria en las zonas costeras. Por esta razón, las autoridades marítimas contarán con herramientas actualizadas para el control del tráfico acuático.

En conclusión, la sanción de este texto legal consolida la soberanía del Estado venezolano sobre su espacio marítimo y fluvial. Por ello, el Ejecutivo nacional procederá a su promulgación en la Gaceta Oficial para su posterior entrada en vigencia.

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