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TSJ suspende cobros regionales por tránsito a contenedores en La Guaira y Carabobo

La sentencia 0931 señala la supresión de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales aplicados al movimiento de mercancías

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales aplicados al movimiento de mercancías en los corredores aduaneros de La Guaira y Carabobo.

La ponencia de la magistrada Tania D’Amelio eliminó, sin excepciones, a través de la sentencia 0931, la aplicación de estos cargos a la mercancía movilizada, por estas jurisdicciones aduaneras, a partir de la fecha de la publicación de la sentencia.

La sentencia señala que, en la aduana de La Guaira, se suprime el cobro del denominado «Aporte Social» a favor de la empresa estatal Vargas Containers, C.A. por el uso superficial y traslado de contenedores en vías terrestres (Decreto Ejecutivo N° 037-2020).

Igualmente, suspendió el artículo 8 del Decreto N° 041-2020, relativo a cobros y medidas de bioseguridad regionales aplicadas a puertos, aeropuertos y contenedores.

En lo que corresponde al corredor aduanero del estado Carabobo, se suspendió los artículos 10 y 11 del Decreto N° 355 (2026) del Gobernador de la entidad.

Igualmente, dejó sin efecto las alianzas estratégicas y comerciales suscritas con las empresas G & G SAFE SERVICE, C.A. y OCEAN CARIBEAN LOGISTICS SERVICE, C.A., así como los Avisos Oficiales vinculados.

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