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Presidente Maduro tiene la competencia y la razón histórica para convocar la ANC

El presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, tiene la competencia para convocar la Asamblea Nacional Constituyente, consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, además de la razón histórica.

Así lo afirmó la abogada constitucionalista Ana María Bracho, durante entrevista en el programa Encendidos por Venezolana de Televisión (VTV), reafirmando la constitucionalidad del llamado a conformar la ANC formulado por el jefe de Estado el pasado 1° de Mayo.

Bracho precisó que la Constitución de 1999 tiene la particularidad de establecer taxativamente cómo y  quiénes están facultados para convocar una Asamblea Nacional Constituyente.

Detalló que en la historia de Venezuela se han convocado más de diez procesos constituyentes, pero, solo uno fue objeto de consulta popular debido a la tensión que significó para el poder constituido, representativo, oligárquico y conservador la presencia de Hugo Chávez, quien decide por la vía democrática que el país necesita nuevas normas jurídicas.

La abogada señaló que la Carta Magna del 99 como pacto social hecho directamente por la gente, reconoce en primera instancia el valor absoluto de la soberanía popular expresada en el documento, al tiempo que añadió que la Constitución no es ciega ante la historia. 

“Hablamos de momentos constituyentes cuando las tensiones públicas son tales que el derecho constitucional tiene que darle la posibilidad que las generaciones futuras no estén regidas por generaciones anteriores respondiendo a un momento histórico”, añadió.

La jurista precisó que en el 2017 el país ha estado sometido a un asedio internacional sin precedente en la historia republicana.

”En este momento está en juego la paz, como derecho fundamental de todo el pueblo, la igualdad de cada uno cuando hay sectores que pretenden criminalizar la postura de apoyar un  sueño de libertad”.

Explicó que además el territorio venezolano se ha visto comprometido con  ejercicios militares por parte de una organización internacional que se cree dueña de decidir hacia dónde va el país.

Bracho subrayó que en ese contexto el Jefe del Estado está investido de toda la base jurídica del momento constituyente y lo asiste la razón histórica en función de evitar conflictos.

La jurisconsulta destacó que la Carta Fundamental venezolana es la primera en el nuevo constitucionalismo latinoamericano, seguidos por las Repúblicas de Bolivia y Ecuador donde invocar la Asamblea Nacional Constituyente está prevista.

Detalló ante la diatriba presentada respecto a la necesidad de realizar un referéndum consultivo para convocar la Constituyente, que la interpretación del derecho es de carácter restrictivo por lo que no es admisible agregar un requisito que no está previsto en la Carta Magna vigente.

Bracho reiteró que no es necesario el consultivo al pueblo para aprobar la convocatoria a la Asamblea, porque está dispuesto de manera clara en la Constitución vigente.

Resaltó que a través de la Asamblea Nacional Constituyente los venezolanos tienen la posibilidad de definir qué modelo de país se quiere, qué se necesita para garantizar la paz y la tranquilidad, qué requerimos para potenciar el desarrollo social, económico y político en la Patria de Bolívar.

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