Tribunal frena voracidad fiscal de la Alcaldía de Buroz contra Granjas Chefran, C.A.
El Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario dictó una medida cautelar que suspende de inmediato acciones de cierre o cobros coactivos contra la unidad agropecuaria barloventeña

Caracas.- El Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario dictó el pasado 30 de julio de 2026 una medida cautelar que ordena a la Alcaldía del Municipio Eulalia Buroz del estado Miranda la suspensión inmediata de cualquier actuación de cierre, hostigamiento o cobro coactivo contra la empresa Granjas Chefran, C.A.
El fallo judicial frena las pretensiones de la administración municipal de clasificar la actividad agropecuaria primaria bajo el rubro de “Industria de la Carne”, con lo cual se le exigía un cobro ilegal del 1% sobre sus ingresos brutos.
Defensa legal y base constitucional
La estrategia jurídica, liderada por el abogado Jean Marcel Cocci, socio director de Servicios Ofirac, C.A., demostró que la municipalidad incurría en una inconstitucionalidad al gravar una unidad de explotación primaria con alícuotas no establecidas en la ley. “Este precedente es una victoria fundamental para el sector primario venezolano. Demuestra que, con una defensa técnica sólida y apegada a derecho, es posible frenar la voracidad fiscal y proteger a quienes garantizan los alimentos del país”, destacó Cocci.
El abogado añadió que el tribunal fue enfático al señalar que estas exigencias atentan contra la seguridad alimentaria (Artículo 305 de la Constitución) y vulneran el libre ejercicio económico.
Arbitrariedades y agotamiento de la vía administrativa
El conflicto legal escaló luego de que Granjas Chefran, C.A. —reconocida históricamente como un contribuyente cumplidor y activo en aportes sociales en la localidad— fuera objeto de fiscalizaciones arbitrarias y amenazas de cierre tras negarse a ceder a las nuevas exigencias tributarias.
Ante el silencio institucional de la alcaldía a los recursos de reconsideración y jerárquicos interpuestos, la empresa acudió a la vía judicial para salvaguardar sus operaciones.
Blindaje legal en el marco de la emergencia económica
La posición de la granja agropecuaria se encuentra respaldada, además, por el marco legal nacional vigente:
Decreto N° 5.414: Publicado en la Gaceta Oficial N° 7.066 Extraordinario del 8 de agosto de 2026, el cual prorroga el estado de emergencia económica hasta el 7 de octubre de 2026 y protege al sector productivo frente a los arbitrios municipales.
Sentencia N° 824 del TSJ: Dictada por la Sala Constitucional el 11 de agosto de 2026, avalando dicha medida de protección. A pesar de que ambas partes han mantenido reuniones técnicas en búsqueda de un entendimiento mutuo, esta decisión judicial se constituye como un escudo legal definitivo que garantiza la continuidad operativa de esta importante unidad productiva de la región de Barlovento.


