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Venezolanos con residencia legal permanente en el extranjero podrán votar en presidenciales

D’Amelio destacó que en 1998 la brecha en el registro electoral era del 23%, la gente no se inscribía para ejercer el derecho al sufragio y la directiva de la época no tenía interés en motivar a la participación, la brecha se ubica en la actualidad en 1%

La rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’Amelio, precisó que la La Ley Orgánica de Procesos Electorales, artículo 124 -aprobada hace más de 10 años- establece como único requisito para ejercer el voto en el extranjero que los venezolanos tengan residencia legal en el país.

D’Amelio, entrevistada este jueves en el programa Encendidos por Venezoiana de Televisión (VTV), explicó que los venezolanos deben demostrar la residencia permanente en el país donde residen, "es decir, no deben estar en calidad de turista, la cual es transitoria".

Refirió que en el exterior el proceso de registro electoral durará hasta el 25 de febrero, para que venezolanos que legalmente residen en el exterior actualicen sus datos o se inscriban como nuevos votantes para sufragar en las elecciones presidenciales del 22 de abril.

Acotó que el registro en Venezuela es permanente, "todos los días en las oficinas regionales la población tiene a la disposición una máquina para cambiar de residencia o actualizar los datos.

La rectora indicó asimismo que el máximo ente comicial ha dispuesto más de 330 puntos en el marco de la jornada especial de registro en las plazas Bolívar, en las capitales de muncipios; en las estaciones del Metro de Caracas más concurridas y en las oficinas regionales.

Señaló que los venezolanos podrán inscribirse en el registro electoral, hacer el cambio de domicilio o sencillamente realizar una actualización de datos.

D’Amelio destacó que en 1998 la brecha en el registro electoral era del 23%, la gente no se inscribía para ejercer el derecho al sufragio y la directiva de la época no tenía interés en motivar a la participación, la brecha se ubica en la actualidad en 1%.

La alta funcionaria recalcó que en el exterior al cerrar el registro se hará un corte y quienes no hayan realizado el trámite quedarán fuera del proceso.

Detalló que las representaciones diplomáticas en el exterior están facultadas para recibir los reclamos previstos, los cuales deberán ser remitidos a la Oficina Nacional de Registro Electoral en un plazo no mayor de 15 días hábiles.

Recomendó a las personas con discapacidad que al momento de actualizar sus datos o inscribirse en el RE precisen qué tipo de discapacidad tienen para así ubicarlos en centros de votación con fácil accesibilidad.

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