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Operadoras de telecomunicaciones se regirán por nueva reforma tributaria

También destaca lo contenido en el artículo 118, que aborda los ilícitos tributarios y el cual también fue objeto de reforma

El próximo 27 de febrero entrará en vigencia la reforma del Código Orgánico Tributario, de acuerdo a la Gaceta Oficial número 6.507,  por el cual las empresas operadoras de telecomunicaciones tendrán que regirse, así lo informó la gerente de Recaudación y Fiscalización de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (Conatel), Graciela Martínez.

“Los impuestos, tasas y contribuciones que deben ser cancelados trimestralmente o anualmente por las empresas operadoras de telecomunicaciones están sometidos al nuevo Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial número 6.507” indicó Martínez.

Esta nueva reforma establece que la aplicación de multas se regirá por el equivalente al tipo oficial de cambio de la moneda de mayor valor que sea publicado por el Banco Central de Venezuela al momento del ilícito, señaló. 

Otra variación incluida en el Código Orgánico Tributario es la del artículo número 03, en el cual se habla del principio de legalidad, en donde se establecía que los tributos que se liquiden por períodos anuales deberán pagarse con la unidad vigente al cierre del ejercicio respectivo.

En el caso de Conatel, esta reforma aplica al impuesto por Administración y Control del Espectro Radioeléctrico (Tacer), que los operadores deben pagar anualmente y que se declara y paga en los 45 días siguientes al cierre del ejercicio fiscal del año anterior.

También destaca lo contenido en el artículo 118, que aborda los ilícitos tributarios y el cual también fue objeto de reforma.

“En los casos de defraudación tributaria, falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o insolvencias fraudulentas con fines tributarios se creó un parágrafo único. Estos ilícitos penales -que son atendidos por el Ministerio Público- se extinguirán si el infractor admite los hechos y dentro de los 10 días siguientes paga el monto total de la obligación, los accesorios y las sanciones aumentadas en un 500 %. Esto no aplica en caso de que el infractor reincida en la falta”, explicó Martínez. 

El cobro de este tipo de impuestos a los operadores de telecomunicaciones es esencial para garantizar, entre otras cosas, la promoción de nuevos proyectos de Servicio Universal que permitan a la población acceder de forma efectiva a los servicios de telefonía fija, telefonía móvil e Internet. Reseña nota de prensa del portal web de Conatel.

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