MinMujer: 2014 fue el año de logros en la lucha contra la violencia simbólica y mediática
Para miles de venezolanas y venezolanos durante años, la cultura “normal” era exponer día tras día a distintas mujeres semidesnudas en los principales medios de comunicación impresos, al igual que escuchar letras de distintos géneros musicales, donde la mujer era cosificada, es decir, tratada como un objeto para la venta.
En 2014 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), toma carta en el asunto y a través de una sentencia ordena “eliminar toda imagen de carga o contenido sexual explícito o implícito de los anuncios publicitarios en medios impresos de libre acceso a niñas, niños y adolescentes, relativos a los anuncios de estímulos de la actividad sexual que promuevan servicios comercialmente ligados a la explotación del sexo”.
Esta decisión se fundamenta en el capítulo III de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, que estipula que este tipo de violencia, conocida como simbólica, trata de “mensajes, valores, íconos, signos que trasmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer”.
Al respecto el documento del TSJ señala que "los medios de comunicación social, impresos en este caso, de libre acceso a niñas, niños y adolescentes, tienen la responsabilidad de transmitir información adecuada para este público, incluyendo la publicidad comercial que en ellos se difunda”. En este sentido prohibió de manera específica la publicación de “contenidos que atenten contra su adecuado desarrollo, tales como aquellos de contenido pornográfico".
En el mismo documento el TSJ ordenó además, respecto a la transmisión de los distintos géneros musicales, oficiar a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), supervisar si el contenido es adecuado para su transmisión en horario apto para todo usuario o si por el contario deben ser transmitidas en un horario restringido.
Por otra parte, durante el mes de diciembre, las mujeres organizadas lograron a través de una nueva sentencia del TSJ, prohibir al diario El Heraldo, la divulgación de imágenes sexistas que atenten contra la dignidad de las mujeres "hasta tanto se dicte la sentencia definitiva".
En este contexto es importante recodar que dando cumplimiento a la Ley del Plan de la Patria 2013-2019 y al Plan para la Igualdad y Equidad de Género Mamá Rosa 2013-2019, distintos movimientos y frentes de mujeres que conforman el Observatorio de Medios Carmen Clemente Travieso, se han venido pronunciando ante medios como el Diario 2001, Noticias 24, Bloque de Armas y Diario El Propio con el objetivo de exigir el cese a los ataques de violencia simbólica y mediática que reflejan sus publicaciones.