Historial: Abogado de Ortega Díaz otorgó casa por cárcel a violador de Linda Loaiza
Angel Zerpa Aponte, el abogado defensor de la Fiscal General, Luisa Marvelia Ortega Díaz, fue el juez que en el año 2001 otorgó dos veces medidas de casa por cárcel al agresor y violador de la joven Linda Loaiza López Soto, quien logró fugarse en noviembre cuando se le revocó la medida e iba a ser trasladado a prisión.
Zerpa, quien firma el escrito de defensa entregado el martes 4 de julio a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (no confundir con el defensor público), era en aquel momento el juez 18° de Control de Caracas y tuvo a su cargo el inició del proceso penal contra Luis Carrera Almoina, de 38 años, quien era señalado como el agresor de la víctima, rescatada de un apartamento en la urbanización El Rosal, por agentes de la Policía de Chacao.
Linda, entonces de 18 años, fue encontrada amordazada y atada a una silla el 19 de julio de 2001. El examen médico determinó que presentaba traumatismos craneoencefálicos, hematomas en los párpados con desvío del ojo derecho, triple fractura de mandíbula, deformidad en los labios, fractura de costillas, estigma por quemaduras en la piel, pabellón de las orejas destruido, mordeduras en las mamas, desgarramientos de la matriz y de un ovario, lesión tumoral del páncreas, desnutrición severa y graves alteraciones psíquicas.
El agresor fue capturado y el 18 de agosto fue enviado con una medida privativa de libertad a la Carcel de Yareacusado de homicidio calificado en grado de frustración, violación, privación, ilegítima de libertad, tortura y obstrucción de la justicia.
Posteriormente, el juez Zerpa otorgó una medida de casa por cárcel que le permitió instalarse en un apartamento del edificio Dorávila de Los Palos Grandes, propiedad de su padre, el escritor Gustavo Carrera Damas, para entonces rector de la Universidad Nacional Abierta. Dicha decisión fue ratificada ante una solicitud de los fiscales del caso.
El 5 de noviembre la fiscal 33° de Caracas, Capaya Rodríguez González, formalizó ante el Tribunal 18° de Control la acusación contra Carrera Almoina por los delitos de violación y lesiones múltiples en perjuicio de López Soto. Eso motivó la revocatoria de la medida sustitutiva y la orden de reclusión en el centro penitenciario de El Rodeo.
Pero el 7 de noviembre, cuando la policía lo fue a buscar para llevarlo a prisión se percataron que había escapado. Posteriormente fue recapturado en La Pastora.
El hecho precipitó un escándalo que llevó a un proceso disciplinario contra el juez, lo que finalmente, llevó a su destitución.
Cabe destacar que Angel Zerpa se postuló para ser magistrado del TSJ en diciembre de 2015. En esa oportunidad Linda Loaiza, quien es actualmente abogada, hizo una advertencia desde su cuenta en la red social Twitter.
El caso de Loaiza tuvo en octubre de 2004 un primer desenlace con una cuestionada decisión de la magistrada Rosa Cádiz, juez 20 de juicio, que absolvió a Carrera Almoina. Por tal proceso Venezuela ha debido enfrentar denuncias ante organismos internacionales.
A favor del referendo revocatorio
Angel Zerpa tuvo el año pasado algunas presentaciones mediáticas en las expuso un conjunto de objeciones a las medidas cautelares tomadas por varios jueces de control que suspendieron la recolección de firmas para convocar un referendo revocatorio del mandato de Nicolás Maduro. Asimismo expresaba sus opiniones políticas a favor de la propuesta opositora.
“Esto comienza mal desde el principio, el código establece que el querellante tiene que ser la víctima, cuál sería la víctima si supuestamente alguien recogió fraudulentamente una la firma”, explicó en una entrevista publicada por el portal web La Patilla.
De igual Manera, Zerpa, agregó, como una especie de vocero oficioso, que el Ministerio Público es quien tiene el ejercicio de la acción penal, el que le compete iniciar un proceso, “solicitar medidas cautelares, realizar una investigación e imputar a alguien en concreto”.
También precisó que las pautas de las querellas descritas en el Código Orgánico Procesal Penal (Copp) “no le dan atribución alguna al querellante de solicitar una protección cautelar”.
Sus opiniones en defensa de las atribuciones del Ministerio Público, sin embargo, no son nuevas. En 2012 cuestionaba la reforma del Copp aprobada en junio y objetaba especialmente que se le hubiera arrebatado al organismo la potestad de dirigir a la policía científica en materia de investigaciones criminales y de sancionar a aquel funcionario que no cumpliera.