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En Baruta paga 30 euros quien lleve niños en moto

Los motorizados no podrán circular con embarazadas y adultos mayores

La prohibición de conducir con niños menores de 10 años, embarazadas y adultos mayores de 60 años en motocicletas, es uno de los tópicos especificados en la Ordenanza de Tránsito, Circulación de Vehículos y Personas en la jurisdicción del municipio de Baruta, en Miranda, la cual fue modificada por la alcaldía local.

En la Gaceta Municipal extraordinaria 018 01/2025, se establece que quien incumpla esta normativa, incurre en una falta grave, por lo cual podrá ser sancionado con hasta 30 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecida por el Banco Central de Venezuela. Es decir, 30 euros.

Los motorizados no podrán circular entre canales o paralelamente a otro vehículo en movimiento en el mismo canal de tránsito. Tampoco deben desplazarse cambiando frecuentemente de canal o pasando continuamente al centro, izquierda o derecha de la vía. Además, se prohíbe el uso de luces que impidan la visibilidad de otros conductores.

Usar motocicletas para cortejos fúnebres también queda prohibido en esta normativa.
De igual modo, en el artículo 44 se reitera el horario de circulación de las motos, el cual es de 5:00 am a 11:00 pm, salvo para organismos de seguridad. Desplazarse sin utilizar casco, tanto para el piloto como para el copiloto, y la circulación de motocicletas de motocross también son mencionadas en la nueva ordenanza.

Delivery

Uno de los aspectos destacados de esta reforma es la implementación de normas dirigidas a los prestadores de servicios de entrega a domicilio (delivery). De acuerdo con el texto legal, las empresas dedicadas a esta actividad deberán consignar un censo ante la dirección competente en Transporte y Vialidad de la Alcaldía de Baruta, así como ante el Instituto Autónomo de Policía Municipal.

En el censo se incluirá la identificación de los conductores que prestan el servicio, el cual deberá actualizarse cada seis meses. Las empresas o aliados comerciales que utilicen u ofrezcan el despacho de mercaderías a domicilio deberán disponer de áreas privadas para este fin, bien sea el estacionamiento u otra determinada específicamente para esto.

Multas

La anterior ordenanza, modificada en 2007, establecía sanciones que oscilaban entre 1,5 a 13 unidades tributarias. En esta normativa las sanciones se clasifican en leves, graves y gravísimas y van de 20, 30 a 50 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecida por el Banco Central de Venezuela o la realización de algún trabajo comunitario.

Los trabajos en las comunidades serán de una hora cada uno y comprende labores como barrer aceras, pintar escuelas municipales, podar redomas, parques y áreas de la jurisdicción e impartir charlas educativas referentes a la infracción que cometió en colegios locales a nivel de primaria.

Asimismo, se contempla el término de flagrancia, el cual hace alusión a encontrar a la persona cometiendo la infracción. Para esto, se impondrá la multa con la presencia de dos testigos. El presunto infractor deberá comparecer en la hora y fecha tipificada en la boleta; se dará 30 días para el pago.

 

 

 

 

Con información de Últimas Noticias

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