Centros comerciales deberán instalar plantas eléctricas para generar energía
Durante las inspecciones periódicas que hace CORPOELEC a estos consumidores, los representantes de la empresa reiteran el contenido de la normativa jurídica aplicable
CORPOELEC recuerda a los representantes de los Centros Comerciales, que la obligación de instalar autogeneración se estableció en la Resolución 76 del 10 de junio de 2011,según la cual las plantas debían ser instaladas antes del 31 de diciembre de ese año.
El 26 de agosto de 2013 se emitió la Resolución 35, que reiteró esta disposición. La norma aplica a las instalaciones de cargas concentradas superiores a 100 kilovoltiamperio (kVA).
Esta normativa fue dictada hace 4 años y medio, en virtud de las características del Sistema Eléctrico Nacional, cuya generación depende en gran medida de las centrales hidroeléctricas del país, que al igual que otras plantas similares del planeta, han visto su funcionamiento afectado de manera drástica por el Fenómeno de El Niño.
El Gobierno Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica ha hecho desde hace varios meses llamados reiterados de concientización sobre el uso racional del agua y la electricidad, debido a que los embalses nacionales tienen indicadores bajos, producto del impacto del fenómeno de El Niño en los últimos meses.
Desde finales del año 2009, CORPOELEC ha venido haciendo un trabajo intensivo de asesoría y apoyo a los grandes consumidores, para promover el uso eficiente y racional de la electricidad, que incluye asesoría técnica y legal, así como talleres de orientación, tanto a la empresa pública, como privada y centros educativos de todo el país.
Durante las inspecciones periódicas que hace CORPOELEC a estos consumidores, los representantes de la empresa reiteran el contenido de la normativa jurídica aplicable.
El ministro del poder popular para la Energía Eléctrica, Luis Motta Domínguez, expuso durante una reunión con los representantes de los centros comerciales, que a partir del miércoles 10 de febrero los centros comerciales deberán generar de lunes a viernes su propia electricidad, desde la 1: 00 p.m. a 3:00 p.m. y de 7:00 pm a 9:00 pm.
El horario corresponde a los mayores picos de la demanda eléctrica, que es cuando se necesita el aporte de generación de los entes privados, a fin de mantener la estabilidad del SEN.