De la Ciudad

Comercios en Sabana Grande deberán adecuar sus fachadas

El director de Control Urbano, Ricardo Santana, informó que el martes fueron entregadas un conjunto de notificaciones, las cuales deben acatar los comerciantes para la adecuación de fachadas y cuartos de basura
 

Con el propósito de contribuir con el programa de mantenimiento y rescate de los espacios públicos que lleva adelante la Alcaldía de Caracas, los propietarios de los comercios ubicados en Sabana Grande deberán adecuar sus locales a las normas establecidas en las ordenanzas municipales.

El director de Control Urbano, Ricardo Santana, informó que el martes fueron entregadas un conjunto de notificaciones, las cuales deben acatar los comerciantes para la adecuación de fachadas y cuartos de basura.

“Dentro de los trabajos de rehabilitación, limpieza y conservación de fachadas que se contemplan, está la eliminación de grafitis, suciedad y propaganda. También abarca la reparación de frisos, pintura en paredes, puertas, remoción de toldos y marquesinas fijas. Además deben eliminarse todo elemento que obstaculice el libre tránsito peatonal en las aceras, entre otras especificaciones”, indicó.

Según las cláusulas, los establecimientos comerciales deberán realizar la rehabilitación de sus fachadas en los 30 días posteriores a la entrega de la notificación. De no cumplir con los trabajos dentro del plazo establecido se procederá a sancionar con un 60% del costo del rescate de la fachada.

Santana señaló que la fiscalización es un trabajo mancomunado por parte de Catastro, la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (Sumat) y Control Urbano, el cual se viene desarrollando desde hace seis meses y será de forma permanente para mantener los espacios del municipio adecuados.

Recordó que el alcalde Jorge Rodríguez tiene una política de recuperación de espacios públicos y sus alrededores, pero que debe ser apoyada por los dueños de los locales comerciales.

Ordenanzas municipales que intervienen

La notificación contempla la rehabilitación, pintura, limpieza y mantenimiento de la fachada del comercio. Esta medida obedece al Artículo 2 de la Ordenanza sobre Cercas de Terrenos sin Edificaciones y Conservación de Fachadas de Edificios.

También abarca la adecuación de la publicidad según lo establecido en la Ordenanza de Impuesto Sobre Propaganda y Publicidad Comercial en el municipio Libertador.

La norma incluye la construcción de depósitos temporales de desechos sólidos, mejor conocidos como cuartos de basura. Asimismo se debe acatar el cumplimiento del horario para trasladar los desechos sólidos señalado por la Ordenanza del Municipio Libertador sobre Uso, Limpieza y Conservación de Aceras, en su segundo artículo.

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