TSJ declaró procedente solicitud de extradición de “El Colombia” por homicidio de Robert Serra
Con esta acción, el Estado venezolano continúa consolidando el Estado de Derecho y de Justicia que propugna el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
El Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición activa de Leiver Padilla Mendoza, ante la República de Colombia, por la presunta comisión del delito de homicidio agravado, tipificado en el artículo 407 numeral 2, en concordancia con el artículo 77 numerales 1, 5, 8 y 12, del Código Penal, contra el diputado Robert Serra y María Herrera.
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declaró, además, procedente la solicitud de extradición, por la presunta comisión del delito de robo agravado cometido a mano armada, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, y asociación para delinquir, tipificado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en relación con los artículos 29 numeral 7 y 4 numeral 9.
El TSJ, tomó la decisión de acuerdo a lo establecido en el numeral 9 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, una vez que el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ordenó el inicio del procedimiento de extradición activa de Leiver Padilla Mendoza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal, ante la solicitud realizada por la representación del Ministerio Público.
Asimismo, la Sala de Casación Penal del TSJ, estimó que Leiver Padilla Mendoza, apodado "El Colombia", está incurso en la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado cometido con alevosía y por motivo fútil en la ejecución de un robo agravado, tipificado en el artículo 406 numeral 2, en relación con el artículo 458, ambos del Código Penal, y asociación para delinquir, en perjuicio de la ciudadana quien en vida fuera María Herrera.
En la sentencia, la Sala asume el firme compromiso ante el Gobierno de la República de Colombia, que Leiver Padilla Mendoza, será juzgado por los delitos mencionados, con las debidas garantías fundamentales.
El fallo ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copias certificadas del expediente.
A Leiver Padilla Mendoza, le fue decretada orden de aprehensión, y fue localizado y detenido en Cartagena de Indias en la República de Colombia, el 2 de noviembre de 2014, según información suministrada por Interpol, en virtud de la Notificación Roja Internacional, de acuerdo a la información suministrada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Con esta acción, el Estado venezolano continúa consolidando el Estado de Derecho y de Justicia que propugna el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.