TSJ declara constitucional prórroga de Estado de Alarma para el combate de la Covid-19
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró, en ponencia conjunta, la constitucionalidad del decreto Nº 4.186 dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro en el que se prorroga la declaratoria del Estado de Alarma en todo el territorio nacional, con la finalidad de mitigar y erradicar los riesgos relacionados con la Covid-19 y sus posibles cepas.
Según una nota de prensa del Máximo Tribunal del país, la prórroga “se efectúa para garantizar la atención oportuna, eficaz y eficiente de los casos que se originen, a fin de que el Ejecutivo Nacional continúe adoptando las medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana, dadas las circunstancias de orden social que persisten en poner gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República”.
El decreto de prórroga fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.528 Extraordinario del 12 de abril de 2020, conforme a lo que prevé el Artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Destaca el fallo de la Sala Constitucional que el Decreto 4.186 fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé la Constitución Bolivariana, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables, preservando los derechos humanos y en protección del texto fundamental, el Estado, sus instituciones y el pueblo.
Por estas razones, el máximo rector de justicia declaró que el mismo entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Asimismo, en el dictamen se solicitó al Ministerio Público que presente ante la Sala Constitucional informes detallados sobre los casos judicializados y relacionados con la Covid-19 en los que deberá señalar la situación y avances de los mismos. A la vez ordenó la publicación de la sentencia en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.