Economía

Productores e importadores de bebidas alcohólicas deberán colocar Precio de Venta al Público

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) publicó el pasado viernes 8 de mayo la Providencia Administrativa N° 0017, mediante la cual se establecen las formalidades para el marcaje del Precio de Venta al Público (PVP) en las etiquetas o impresión de los envases de las bebidas alcohólicas.

Asimismo, dicha providencia precisa que: “Se entenderá como Precio de Venta al Público (PVP) todos los costos asociados a la producción o importación de las bebidas alcohólicas, así como los márgenes de ganancia de toda la cadena de comercialización hasta su consumidor final”.

Aunado a ello, se establece que el precio del artículo en venta debe ser colocado en un lugar visible de la etiqueta fiscal, cuerpo de los envases, empaques o envoltorios de las bebidas alcohólicas; mediante impresiones en tinta indeleble, grabados, rótulo autoadhesivo no removible o cualquier otra forma que impida su remoción. El precio marcado en la etiqueta fiscal o cuerpo del envase, debe estar estructurado en letras PVP+IMP seguido del total a pagar expresado en números, mientras que en el caso de las bebidas alcohólicas destinadas a expendios ubicados en territorios bajo régimen aduanero especial, el marcaje solo incluirá el PVP.

El marcaje de precio de venta al público debe ser realizado por los fabricantes, productores artesanales o importadores, antes de que la mercancía sea retirada de sus establecimientos o de la aduana según sea el caso. Mientras que en aquellos casos en que sea necesario adecuar las etiquetas o el envase para el marcaje, se dará un plazo de 90 días continuos a partir de la entrada en vigencia de la Providencia Administrativa, no obstante, deben informar los precios a través de listas previamente notificadas a la Administración Tributaria.

Del mismo modo, los fabricantes, productores artesanales o importadores de bebidas alcohólicas fueron designados como agentes de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), según lo estipulado en la Providencia Administrativa 0018, publicada en la Gaceta Oficial N° 420.452 de fecha 8 de mayo de 2015.

Estas medidas se llevan a cabo en atención a los lineamientos del Superintendente José David Cabello Rondón, para reimpulsar el control en la producción y distribución de las especies alcohólicas, como parte de la Gran Misión Eficiencia o Nada que adelanta el Gobierno Bolivariano presidido por Nicolás Maduro.

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