Las 35 reglas que deben cumplir Farc y Gobierno sobre fin de conflicto
Con los compromisos que el Gobierno y las Farc adquirieron este viernes para facilitar el cese del fuego bilateral y definitivo y la dejación de las armas del grupo guerrillero, las partes quedaron listas para ponerle fin al conflicto una vez concluya el proceso de paz.
Los protocolos acordados incluyen también el detalle sobre la puesta en marcha del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V), coordinado por la Misión de Naciones Unidas, pero del que también hacen parte el Gobierno y el grupo guerrillero.
Entre los documentos, revelados por las partes y disponibles en la página web de la mesa de conversaciones, figura un protocolo con 35 reglas que rigen el acuerdo del fin del conflicto. Entre ellas hay 16 normas que comparten el Gobierno y las Farc, 9 exclusivas para el Gobierno y 10 para la guerrilla.
Según el texto, se busca “evitar situaciones que pongan en riesgo el cumplimiento del cese del fuego y la dejación de armas” y “que la población civil no sea afectada en sus derechos”.
Estas son las reglas:
El Gobierno Nacional y las Farc-EP se comprometen a no realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Entrar en contacto armado.
2. Impedir u obstaculizar la labor del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V).
3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del MM&V y la implementación del acuerdo del cese del fuego y de hostilidades bilateral y definitivo (CFHBD) y dejación de armas (DA).
4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) – Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y Zonas de Seguridad (ZS), bajo las condiciones definidas en el acuerdo del CFHBD y DA.
5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.
6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.
7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.
8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.
9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el MM&V.
10. Interferir en la labor del CI-MM&V frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las Farc-EP.
11. Usar las Rutas de Desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, las ZVTN, los PTN y las Zonas de Seguridad para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del CFHBD y DA.
12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las ZVTN y los PTN.
13. Hacer presencia temporal o permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.
14. Transgredir los compromisos adquiridos en el Acuerdo sobre CFHBD y DA.
15. Afectar los derechos y libertades de la población civil.
16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia –T-455 de 2014- de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas (guerrillas y milicias).
El Gobierno Nacional se compromete a no realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.
2. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.
3. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las Farc-EP (guerrilla – milicias) que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de CFHBD y DA.
4. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las ZVTN y los PTN.
5. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las ZVTN y PTN.
6. Ingresar a las ZVTN, PTN y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el MM&V.
7. Hacer propaganda hostil en contra de las Farc-EP.
8. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las Farc-EP hacia las ZVTN y los PTN.
9. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las Farc-EP.
Las Farc-EP se comprometen a no realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.
2. Salir de las ZVTN o de los PTN sin cumplir los procedimientos acordados en materia de seguridad para los desplazamientos.
3. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del CFHBD y DA.
4. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.
5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.
6. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.
7. Incrementar su capacidad de combate.
8. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.
9. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.
10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las Farc-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al MM&V.