Cámara Federal ratificó prisión preventiva de Cristina Fernández
La Cámara Federal porteña respaldó el fallo del juez Claudio Bonadio, pero desestimó la calificación de traición a la Patria
La Sala II de la Cámara Federal porteña ratificó el procesamiento y prisión preventiva de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman y otros ex funcionarios en el marco de la causa iniciada por el fallecido fiscal Alberto Nisman a raíz del Memorándum de Entendimiento firmado con Irán en 2015 por el atentado a la AMIA. Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah confirmaron lo actuado en primera instancia por el juez Claudio Bonadio, excepto la insólita imputación de “traición a la patria” impuesta por el magistrado. Pidieron acelerar la causa para elevarla a juicio oral.
Los camaristas confirmaron los procesamientos por “estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado” y también las preventivas dictadas contra CFK –que cuenta con fueros parlamentarios como senadora-, Timerman –en arresto domiciliario por su delicado estado de salud-, el ex secretario de Legal y Técnica Carlos Zannini y los dirigentes Luis D’Elía y Fernando Esteche.
Irurzun y Farah, los mismos jueces que confirmaron el procesamiento a la ex mandataria por la causa “dólar futuro”, rechazaron también en este proceso que se trate de una cuestión política no judicializable, a pesar de que el Memorándum fue un tratado internacional firmado por el Poder Ejecutivo con otro Gobierno. En ese sentido, los magistrados afirmaron que los funcionarios usaron sus atribuciones “para inmiscuirse en una materia de la competencia” del Poder Judicial.
Según los camaristas, la ex presidenta Kirchner y el canciller encubrieron a través del Memorándum a los iraníes acusados por el atentado a la AMIA de 1994, pese a que ese tratado nunca entró en vigencia porque fue declarado inconstitucional por la Justicia Argentina y porque el Parlamento del país persa nunca lo aprobó. Igualmente, el fallo entiende que hubo “maniobras”que “transcurrieron antes, durante y después de la firma del acuerdo”para supuestamente lograr el levantamiento de las alertas rojas de Interpol contra los iraníes. El fallo reconoce también que todavía aparecen como “aspectos no del todo establecidos” las supuestas contraparte “sea a título personal o a nivel Estado” que se recibirían por la puesta en marcha de la presunta maniobra de encubrimiento.
Para sostener la versión sobre el levantamiento de las cautelares de Interpol, los camaristas desestiman las declaraciones del ex secretario general de ese organismo internacional, el estadounidense Ronald Noble, quien afirmó en cartas públicas, tuits y en una entrevista con este diario que nunca hubo un pedido del Gobierno argentino en ese sentido y aclaró que las órdenes de captura solo podrían levantarse ante una solicitud del juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral. Los camaristas Irurzun y Farah sostienen que el texto público de Noble “fue preparado por áreas de la Cancillería argentina”y lo justifican en la existencia de un correo electrónico dirigido a Eduardo Zuain, ex secretario de Relaciones Exteriores, con el asunto: ““Chango, este es el texto que sale, cualquier cosa avisa. Adjunto: carta de Noble”.
A la par de descartar los múltiples dichos de Noble –que pidió declarar en la causa-, los integrantes de la Sala II de la Cámara Federal eligieron tomar como cierta la declaración del ex jefe de Operaciones de la SIDE, Horacio “Jaime” Stiuso. En su indagatoria testimonial, el ex jefe de los espías “sostuvo la existencia de directivas para que no continuara recabando información que comprometiera a ciudadanos de la República Islámica de Irán, porque la entonces Presidenta no estaba interesada en que se hicieran mayores y/o nuevos aportes en el expediente judicial”.
Para sostener las prisiones preventivas a pesar de la falta de una condena, la Cámara esgrimió “la gravedad de los cargos que pesan contra los imputados”; la supuesta existencia de una “conspiración para desviar la investigación del hecho de terrorismo”, y la existencia de una escucha de CFK en la que dice a Oscar Parrilli, ex titular de la AFI, que ““…hay que salir a apretar a los jueces”. La resolución también menciona, sin profundizar, que el 18 de enero fue encontrado sin vida el fiscal Alberto Nisman, ”hecho que se investiga en este fuero bajo la hipótesis de un homicidio”.
La única parte del fallo de primera instancia de Claudio Bonadio que los jueces no confirmaron fue la insólita acusación por “traición a la patria”, una calificación que no se había utilizado desde que se acusara por ese delito a Juan Domingo Perón en 1955. El fallo afirma que esa imputación de delito no es aplicable sin un estado de guerra declarado por la Argentina . “Aún si se entendiera comprendido el atentado terrorista contra la sede de la AMIA en el concepto de “agresión” (idea ampliamente desarrollada por el magistrado de primera instancia), lo cierto es que la respuesta de los poderes políticos argentinos no fue bélica”, remarcó la Cámara. Por último, Irurzun y Farah encomendaron al juez Bonadio a que no demore el trámite de la causa para elevarla a juicio oral y público.
La confirmación de los procesamientos y prisiones preventivas se dio en el mismo día en el que se conocía el pedido de penas de la Fiscalía en el largo juicio por el encubrimiento del atentado de 1994, proceso que no ocupa la atención de los grandes medios ni del Gobierno. “Hoy el Ministerio Público pidió que condenen a 4 años de prisión a Menem en el juicio de encubrimiento en AMIA y pidió 13 años para Galeano. Y todos se fueron caminando de la sala del juicio”, graficó en diálogo con este diario Alejandro Rúa, abogado de CFK, en una primera reacción al fallo de la Cámara.