Ataque a La Carlota busca una posible intervención internacional
La abogada constitucionalista María Alejandra Díaz, aseveró este lunes que el ataque perpetrado contra la Base Aérea La Carlota, responde a un acto planificado el cual pretende una posible intervención internacional.
"Imagínate el peligro que significa que esa horda ingrese a La Carlota y se le ocurra incendiar los helicópteros rusos donde se pueden trasladar tropas, el daño que le harían al país; y que tomen eso como un punto para llamar a la intervención y tengamos la cabeza de playa en el centro de la ciudad del país, eso lo hicieron en Libia”, agregó Díaz durante una entrevista en el programa Encendidos, transmitido por Venezolana de Televisión.
En tal sentido, añadió que en cualquier país donde haya un ataque a una base militar, los funcionarios tienen el deber de defenderla, acotando que lo ocurrido en la base aérea no puede ser calificado como una acción pacífica de la oposición venezolana.
“Lo que ocurrió en La Carlota, no se le puede calificar como manifestación pacífica, porque la verdad desde el punto de vista del Código de Justicia Militar es un ataque a una base militar. Que nadie crea que esto no está planificado y que esto es una manifestación espontánea de los chicos que están luchando por la libertad”, exaltó.
Del mismo modo, la abogada resaltó la cautela con la que viene abordando estos temas el Estado Nacional motivado a que Venezuela está siendo centro de atención no solamente de medios de comunicación, sino además de organismos internacionales.
“El Estado ha sido muy cuidadoso en el tratamiento de ese tipo de excesos, sin embargo, la sensación de un sector de la población es que esos excesos han pasado la raya y que el Estado debe actuar”, manifestó.
Sobre el alcance del Código de Justicia Militar en estos hechos, Díaz apuntó que los civiles que incurran en delitos militares pueden ser juzgados en el ámbito de tribunales militares.
“En el año 2004 se solicitó una interpretación del alcance del Código de Justicia Militar en el caso de que civiles cometieran delitos previstos dentro del Código de Justicia Militar. Hay tres sentencias del Tribunal Supremo de Justicia que lo ratifica y la jurisprudencia nos indica que pueden ser juzgados civiles en el ámbito de tribunales militares siempre y cuando los delitos sean de naturaleza militar previstos en el código de justicia militar”, explicó.