Sucesos

Dictan arresto domiciliario a las personas que incumplieron la cuarentena

El Tribunal Vigésimo Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas dictó medidas cautelares de arresto domiciliario, prohibición de salida del país y multa de cinco mil unidades tributarias a un grupo de personas que incumplieron la cuarentena colectiva y social, instruida por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros.

En una nota de prensa, se conoció que esta violación tipificada en los numerales 1, 4 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal se impuso a los ciudadanos por desobedecer a la autoridad y por violentar la cuarentena social establecida en el Decreto Presidencial del Estado de Alarma Nacional por la Covid-19.

El arresto domiciliario recayó sobre los ciudadanos: Hernán Martínez Graterol, Ylse Chávez Vásquez, Víctor Manuel Hernández, Eder Chacón, Albert Hurtado Villasmil, Ángel Agelvis Rojas, Albert Font De Villarroel, Liliana Marianaro La Fratta, Jeison Martínez Martínez y Yoel Bastidas Peña.

Los mismos fueron aprehendidos el pasado 2 de mayo por funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) cuando se encontraban en un local denominado Club de Video San Pedro, ubicado en Valle Abajo, parroquia San Pedro del municipio Libertador, lugar en el que se expendían bebidas alcohólicas; así como se realizaban maniobras prohibidas con motocicletas.

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