Banca pública recibe pago de impuestos de Contribuyentes Especiales
Banco del Tesoro, Bicentenario y Banco de Venezuela fueron habilitados para recibir los pagos de impuesto de Contribuyentes Especiales a Grandes Patrimonios, jornada que se realiza desde el primero de octubre y se extenderá hasta el 30 de noviembre, informó Alejandro Machado, gerente de personas naturales y jurídicas de la región Capital Del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
"El Seniat está impulsando a que los contribuyentes declaren y paguen el impuesto antes del cierre del ejercicio con el objetivo de que no haya participación masiva durante los últimos días" para realizar la operación de pago, detalló Machado durante una entrevista exclusiva con la Agencia Venezolana de Noticias (AVN).
Destacó que desde que inició la jornada de declaración e impuesto a Grandes Patrimonios, ha habido "mucha participación de los contribuyentes que ya han hecho su declaración", por lo que reiteró el llamado a las personas naturales y jurídicas a cumplir con el pago de tributos.
El Sistema para la Declaración del Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP) está dirigido a los Contribuyentes Especiales, tanto persona natural como jurídica, cuyo patrimonio neto tenga un valor igual o mayor a150 millones de Unidades Tributarias (UT), destaca el instructivo para la declaración del Seniat.
Conforme a lo establecido en la Gaceta Oficial N° 41.696 de fecha 16 de agosto del 2019, este nuevo tributo incluye a empresas del sector público y privado, entrará en vigencia en 60 días aproximadamente; también, abarca a todas aquellas personas naturales que posean un capital superior a los 36 millones de Unidades Tributarias y personas jurídicas que superen los 100 millones de UT
Asimismo, establece que la alícuota impositiva aplicable al valor del patrimonio neto determinado podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo 0,25% y un máximo de 1,50% y que solo quedarán exceptuados de dicho impuesto, la vivienda principal siempre y cuando no exceda los 65 millones de UT y la materia prima.