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TSJ prohíbe a los medios digitales difundir imágenes de linchamientos

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) condenó este miércoles los actos violentos, como el linchamiento, debido a que estas acciones atentan la convivencia social y el estado derecho, establecidos en la Constitución.

De acuerdo con la sentencia del ente ministerial, publicada en el portal web, estas acciones atentan "otros derechos constitucionales como el derecho a la salud pública, el derecho a la presunción de inocencia, el derecho al honor y a la reputación, haciéndose imperioso la adopción de medidas necesarias para salvaguardar cautelarmente los derechos constitucionales infringidos, a favor de la sociedad".

Por esta razón, la Sala Constitucional del TSJ instó a los medios digitales de derecha La Patilla y Caraota Digital y a otros medios de comunicación, no difundir los vídeos de linchamientos, a través de las redes sociales y su portal web.

El TSJ aseguró que los medios de comunicación, tal y como lo establece la Carta Magna, "tienen el derecho de expresar periodísticamente un hecho noticioso y los usuarios y usuarias tienen el derecho de recibir una información adecuada" no obstante; "estos derechos no deben crear zozobra e incertidumbre en la población, ya que el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad".

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