Sin categoría

TSJ ratifica sentencia contra Bello y Palmar en un caso de secuestro

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala de Casación y en ponencia del magistrado Héctor Coronado Flores, desestimó, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa de Luis Enrique Rodríguez Bello y Jorge José Palmar, condenados a prisión por la comisión del delito de secuestro.

 

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala de Casación y en ponencia del magistrado Héctor Coronado Flores, desestimó, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa de Luis Enrique Rodríguez Bello y Jorge José Palmar, condenados a prisión por la comisión del delito de secuestro.

 

En el presente caso la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el 1° de agosto de 2011, declaró sin lugar el recurso de apelación propuesto por la defensa de los mencionados ciudadanos contra una sentencia del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial, que los condenó a cumplir la pena 22 años de prisión, por la comisión del delito señalado.

 

Contra la sentencia de la Corte de Apelaciones, la defensa de Luis Enrique Rodríguez Bello y Jorge José Palmar interpuso recurso de casación, sobre el cual la Sala del Alto Juzgado del país recordó que al ser interpuesto este tipo de recurso, el mismo debe estar dirigido a los vicios propios del fallo emitido por las Cortes de Apelaciones, según lo dispuesto en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.

 

Agrega la Sala del TSJ que quien interpone un recurso de casación además de expresar su descontento con el fallo que le es desfavorable, está en el deber de explanar las razones de Derecho  que demuestren que la decisión que se impugna presentó un vicio cuya relevancia amerita su nulidad.

 

En el presente caso, precisa el Máximo Juzgado que “siendo evidente la falta de técnica recursiva lo procedente y ajustado a Derecho es desestimar, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto”, quedando ratificada la sentencia condenatoria contra Luis Enrique Rodríguez Bello y Jorge José Palmar.

 

Los hechos que originaron el presente juicio ocurrieron en diciembre de año 2009 en una hacienda ubicada en el municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, donde varios sujetos portando armas de fuego, sometieron a los propietarios de la misma y se llevaron a dos adolescentes, que posteriormente fueron rescatadas por efectivos del Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas (Cicpc). 

Articulos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button