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Asamblea Nacional aprueba 13 artículos de Ley de la Actividad Aseguradora

la Ley de la Actividad Aseguradora, tiene por objeto establecer el marco normativo para la autorización, regulación, funcionamiento, control y supervisión del sector

La Plenaria de la Asamblea Nacional (AN), aprobó este jueves en segunda discusión, 13 artículos del Proyecto de Reforma de la Ley de la Actividad Aseguradora.

El proyecto de Ley tiene por objeto establecer el marco normativo para la autorización, regulación, funcionamiento, control, supervisión y vigilancia de este sector.

El presidente de la Subcomisión de Finanzas, diputado Ramón Lobo, informó que la normativa legal contiene más de 146 artículos, reseñó nota de la AN.

Indicó que durante el debate se aprobaron las disposiciones generales, el objeto de la ley y se designó como ente rector a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

Lobo precisó que en el artículo 13 se generó una discusión semántica sobre las características que deben tener los integrantes de la junta directiva, donde se establecen los requerimientos para poder participar en el mercado asegurador.

“En el caso de las compañías aseguradoras, nosotros planteamos que deben ser sociedades anónimas y tener un mínimo de cinco integrantes, dos tercios deben ser venezolanos”, explicó.

La plenaria decidió diferir el artículo 3, relacionado con las personas que cumplan los requisitos para realizar la actividad aseguradora.

También fue diferido el artículo 13, que es la fusión de los apartados 19, 20 y 146. Los artículos establecen los requisitos indispensables para obtener y mantener la autorización de operar como empresa de seguros de medicina prepagada.

Al respecto, señaló que este fue el punto más discutido durante la sesión.

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