Sucesos

Privados de libertad subdirector de Policarabobo y cuatro funcionarios

Los hechos acaecidos el pasado 28 de marzo en la Comandancia General del cuerpo de seguridad causaron el fallecimiento de más de 60 personas

El Tribunal Cuarto en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Carabobo dictó este martes medida judicial privativa preventiva de libertad a José Luis Rodríguez, subdirector de la Policía de Carabobo, y a cuatro funcionarios de esa institución, por los hechos acaecidos el pasado 28 de marzo en la Comandancia General del cuerpo de seguridad en los que fallecieron más de 60 personas, conforme a establecido en los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal.

En la audiencia de presentación realizada fueron imputados, además de Rodríguez, los funcionarios José Antonio Loaiza, Aníbal Antonio Padrón Pacheco, José Rafael Colina Palencia y  Sergio Enrique Rodríguez Rodríguez.

Al subdirector del cuerpo policial se le imputó homicidio calificado a título de dolo eventual en grado de coautor, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, con los agravantes de los artículos 77, ordinales 3 y 10 de esta norma, omisión al socorro, previsto y sancionado en el artículo 438 del mismo Código y el delito de introducción de arma de fuego y municiones en retenes policiales, tipificado y sancionado en el artículo 122 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, así como corrupción propia, contemplado en el artículo 64 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción.

A José Antonio Loaiza se le imputó homicidio calificado a título de dolo eventual en grado de coautor, tipificado y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, omisión al socorro, previsto y sancionado en el artículo 438 del mismo Código y el delito de introducción de arma de fuego y municiones en retenes policiales, contemplado y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.

 

José Rafael Colina, Sergio Enrique Rodríguez y Aníbal Antonio Padrón Pacheco fueron privados de libertad por el delito de corrupción propia, previsto y sancionado en el artículo 64 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción.

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