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Aprobada en primera discusión Ley que reservará al Estado intermediación y transporte de combustible

El presidente de la Comisión de Energía y Minas, Ángel Rodríguez, desmintió una vez más que este instrumento jurídico pretenda confiscar las estaciones de gasolina, tal como han pretendido hacer ver algunos voceros de la oposición.

Caracas, 27 Ago. La Asamblea Nacional (AN) aprobó este miércoles en primera discusión, en sesión extraordinaria, la Ley Orgánica de Reordenamiento del Mercado Interno de los Combustibles Líquidos.

Como se sabe, toda ley debe someterse a dos discusiones y una aprobación final. La primera discusión es sólo una de las fases para la aprobación de esta ley, luego de lo cual comenzará la segunda discusión, donde se analizará artículo por artículo de la ley.

En el debate, el presidente de la Comisión de Energía y Minas, Ángel Rodríguez, desmintió que "este instrumento jurídico pretenda confiscar las estaciones de gasolina, tal como han pretendido hacer ver algunos voceros de la oposición". De acuerdo con este instrumento legal, el Estado se reserva, a razones de conveniencia nacional, con el carácter de servicio público, la actividad de intermediación para el suministro de combustibles líquidos, realizada entre la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) y los establecimientos dedicados a su expendio.

Igualmente, el Estado se reserva la materia de transporte terrestre de combustibles líquidos, según determine el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia petrolera, que desarrollen concentraciones de mercado. La Ley hace referencia a los que tengan en propiedad u operen con cinco o más unidades de transporte terrestre, incluyendo el denominado chuto o camión-tractor y la cisterna, así como los que suministran combustibles líquidos a las empresas del Estado y las privadas del sector industrial, sector alimento y otros productos de primera necesidad.

El artículo 4 de la Ley señala que Petróleos de Venezuela, o la filial que ésta designe, procederá a efectuar el abanderamiento de todas las instalaciones donde se realice el proceso de intermediación para el suministro de combustible líquido y de las unidades que han quedado sometidas a la reserva.

Corresponderá al Ejecutivo nacional, a través de sus órganos competentes, la calificación de los bienes y servicios complementarios de las actividades que, en virtud de ello, quedarán sometidas a lo expresamente señalado en la presente ley.

Por su parte, la presidenta de la AN, diputada Cilia Flores, dijo que "este instrumento garantiza la seguridad jurídica y laboral para los trabajadores" y anunció para el jueves de la próxima semana su segunda discusión.

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