MP logró condena para hombre por tráfico de 100 panelas de marihuana
Producto de la acusación presentada por el Ministerio Público, fue condenado a 12 años de prisión José Antonio Bompart (33), quien admitió su responsabilidad en el tráfico de 100 panelas de marihuana, incautadas el 04 de diciembre de 2015 en el sector Sabana de Pío, municipio Valdez del estado Sucre.
En la audiencia preliminar, la fiscal 3ª esa jurisdicción, Dalia Ruiz, ratificó la acusación contra el hombre por los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte, y asociación para delinquir.
Una vez escuchada la admisión de los hechos por parte de Bompart, el Tribunal 2º de Juicio de Sucre dictó la citada condena, la cual cumplirá en el Destacamento 533 de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), en Güiria.
Alrededor de las 6:30 de la tarde del citado día, funcionarios de la GNB en el referido sector notaron la presencia de un camión marca Chevrolet conducido por Bompart, a quien le pidieron que se detuviera para realizar una inspección.
Durante la revisión, los funcionarios visualizaron en la plataforma trasera tres cauchos de repuesto. Estos detectaron que desde la válvula para el llenado de aire de uno de los cauchos se desprendía un fuerte olor.
En tal sentido, Bompart y el vehículo fueron trasladados hasta la sede del Destacamento, donde hicieron una nueva revisión. Durante la misma hallaron las 100 panelas, las cuales arrojaron un peso neto de 49 kilos con 500 gramos.
Privan de libertad a un abogado en Zulia
El Ministerio Público logró la medida de privativa de libertad para el abogado José Parra Ortega (44) por su presunta responsabilidad en el tráfico de 59 kilos 015 gramos de cocaína, incautados el pasado domingo 26 de marzo, cuando se trasladaba en su camioneta por la carretera Machiques – Colón del municipio Catatumbo, estado Zulia.
En la audiencia de presentación, la fiscal 16ª auxiliar de esa entidad federal, Marvelys Soto, imputó el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y asociación para delinquir.
El Tribunal 2° de Control de Santa Bárbara dictó la privativa de libertad para Parra Ortega y fijó como sitio de reclusión la sede del Destacamento 115° de la GNB. Adicionalmente, ordenó la prohibición de enajenar y gravar bienes, así como la inmovilización y el congelamiento de las cuentas bancarias del hombre. Igualmente, se acordó la incautación de un vehículo y de dos teléfonos celulares.